Todo lo que debes saber sobre las Becas NEAE este 2024

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Preguntas y respuestas sobre las becas y ayudas para alumnos NEAE este 2024

Muchas familias nos llegan con dudas sobre qué es la beca, requisitos para solicitarla, quien puede beneficiarse de ella, que pasa si el gasto es mayor o menor, entre otras. Desde GAMUE queremos apelar a la transparencia facilitando información veraz que a veces no se explica "como debiera" en los centros. ¡Comencemos!

¿Qué son las becas NEAE?

Las becas NEAE son ayudas que concede el ministerio de educación y ciencia y que gestionan las diferentes Comunidades Autónomas, para todos aquellos alumnos que requieren de determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta, en los que se incluyen también, aquellos alumnos afectados por TDAH. Estas ayudas consisten en una retribución económica para la intervención de las necesidades que presenta el alumno, siempre y cuando el centro en el que está escolarizado, no pueda atender de forma completa las necesidades que el alumno requiere. Estas ayudas se dividen en dos:

  • Alumnado con discapacidad, trastorno grave de conducta, trastorno grave de la comunicación o del lenguaje o trastorno del espectro autista.
  • Alumnos que presentan necesidades educativas específicas de apoyo educativo, asociadas a altas capacidades intelectuales.

Requisitos para solicitar las ayudas de necesidades educativas especiales en reeducación psicopedagogía o del lenguaje:

A continuación te desglosamos los principales requisitos para solicitar esta ayuda:

  • Un informe del inspector de la zona. (Lo hacen en delegación)
  • Un informe de orientación del centro educativo en el que se reflejen las condiciones del alumno de la asistencia educativa y de las horas semanales que se consideren necesarias para la intervención en el centro educativo. (Lo hace el orientador escolar).
  • Una memoria expedida y firmada por el centro o reeducador que va a hacer la intervención en el que figure las características del alumno, el número de horas semanales y el especialista que atenderá el caso así como el coste mensual y total del servicio. (Lo hace el gabinete que lleva a cabo la reeducación).
  • Una declaración responsable de la persona que realiza la intervención tanto psicopedagogía como del lenguaje acreditando experiencia profesional con alumnos que presenten necesidades educativas especiales. (Lo hace el profesional que lleva a cabo la reeducación).

Puedes ampliar más información a través del Gobierno de España aquí

Requisitos para solicitar la ayuda de alumnos con altas capacidades intelectuales:

  • Un informe del equipo de orientación del centro educativo en el que se reflejen las condiciones del alumno de la asistencia educativa y de las horas semanales que se consideren necesarias para la intervención en el centro educativo. (Lo hace el orientador escolar).
  • Una memoria expedida y firmada por el centro o reeducador que va a hacer la intervención en el que figure las características del alumno el número de horas semanales y el especialista que atenderá el caso así como el coste mensual y total Dell servicio. (Lo hace el gabinete que lleva a cabo la reeducación).
  • Una declaración responsable de la persona que realiza la intervención acreditando experiencia profesional con alumnos que presenten altas capacidades.

Condiciones y requisitos económicos para las becas

A la hora de conceder estas ayudas se tendrán en cuenta por parte de la administración, umbrales económicos relacionados con la renta familiar, el patrimonio familiar y otros condicionantes de la situación financiera de la unidad familiar, estableciendo baremos dependiendo de los ingresos de los miembros de la unidad familiar.

¿Quiénes se pueden beneficiar de estas ayudas?

Alumnos con necesidades educativas especiales o trastorno grave de conducta, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

Presentar necesidad específica de apoyo educativo dados su condición de discapacidad o bien de padecer un trastorno grave de conducta habiendo sido acreditada esta condición de tres formas:

  • Informe del centro base y/o servicios sociales.Informe del equipo de orientación educativo del centro donde el alumno/a cursa o va a cursar sus estudios.
  • Certificado de discapacidad igual o superior al 25%.
  • Tener cumplidos los dos años de edad.
  • Estar escolarizado en un centro concreto en una unidad de Educación Especial de centro ordinario o en cualquier otro centro ordinario que escolarice a alumnos con este tipo de necesidades.
  • Estar cursando algunos de los siguientes niveles educativos:        
    • Educación infantil.
    • Educación primaria.
    • Educación secundaria obligatoria.
    • Ciclos formativos de grado medio y superior.
    • Enseñanzas artísticas profesionales.
    • Formación profesional básica.
    • Programas de formación para la transición de la vida adulta.
    • Ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría (se pueden consultar las condiciones de familia numerosa en el BOE numero 277, de 19/11/2003).

Alumnos de altas capacidades siempre que:

  • Presenten un informe educativo del equipo de orientación escolar que describa su condición.
  • Tengan cumplidos los 6 años de edad a fecha 31 de diciembre de 2018.
  • Que estén cursando algunos de los siguientes niveles:
  • Educación primaria.
  • Educación secundaria obligatoria.
  • Ciclos formativos de grado medio y superior.
  • Enseñanzas artísticas y profesionales.

Tipos de ayudas y cuantías de las mismas

Las ayudas para reeducación pedagógica o reeducación del lenguaje y la intervención de altas capacidades son de 913 euros como máximo cada una. Esto significa que un alumno/a puede recibir una o dos becas según su necesidad, por lo que el máximo a recibir sería 1826 euros si recibe las dos becas.

Al igual que en 2023, para el curso 2024-2025 vuelven a incluir el denominado "SUBSIDIO PARA GASTOS ADICIONALES DE CARACTER GENERAL" con 400€ extra libre de competencia económica.
Para todos los solicitantes que acrediten necesidad específica de apoyo educativo, según los requisitos establecidos en la convocatoria.

Es muy importante tener en cuenta algunos aspectos:

  • Los que deciden si el niño necesita una o dos becas son los orientadores escolares de los centros de los alumnos, nunca el centro reeducador o la persona que va a llevar a cabo la reeducación.
  • Las cuantías no se comparten entre becas, es decir si a un alumno se le ha concedido 913 euros para la beca de psicopedagogía y 913 euros para reeducación del lenguaje, no se pueden emplear por ejemplo 1000 euros en psicopedagogía y 826 euros en logopedia.
  • Son becas que aunque las realice el mismo especialista, deben estar separadas por objetivos, intervención y financiación. Esto es muy importante a la hora de realizar la factura que justifique la intervención, y como consecuencia el gasto de la beca.
  • Esta intervención debe ser realizada por un centro privado o reeducador que reúna las condiciones necesarias para llevarlas a cabo. No pueden realizar este tipo de intervenciones personas que aunque estén cualificadas, no puedan posteriormente emitir facturas, como por ejemplo: una profesora de clases particulares que no está dada de alta, un estudiante de psicología etc….
  • Las cuantías se distribuyen a lo largo de 10 meses. Esto quiere decir que si el alumno/a recibe 913 euros puede gastar al mes 91,30 euros.

¿Qué ocurre si el gasto es mayor cada mes?

La diferencia no la cubre la beca y lo tendrán que abonar los padres. Ejemplo: si el orientador del centro escolar estima que el alumno debe acudir a reeducación psicopedagogía dos sesiones a la semana y el precio por sesión son 22,5 euros, la mensualidad asciende a 180 euros al mes, de esa cantidad solo 91,30 euros esta cubierto por la beca y es lo único que se podría justificar, el resto lo tendrían que abonar los padres o tutores del alumno si quieren que su hijo reciba la ayuda que el orientador estima.

¿Qué pasa si el gasto es menor cada mes?

Si el precio de las sesiones por ejemplo ascienden a 75 euros de psicopedagogía y 75 euros de logopedia al mes (total de 150 euros) y el aluno ha recibido 1826, tiene para gastar al mes 182,6 euros, por lo que le sobrarán todos los meses 30,6 euros al mes, lo que significa que los padres tendrán que abonar a la administración una vez finalizada la intervención; 326 euros ya que no han gastado todo el dinero que han recibido.

¿Me dan más dinero dependiendo del gabinete que me gestione la beca?

No, dan como máximo 913 euros por beca, y esta cuantía es igual en todos los gabinetes. Otra cosa es que cuando usted decide traer a su hijo lo trae menos tiempo que el que se recomienda. En ese caso le van a abonar únicamente lo que usted gasta. Ejemplo: si usted decide que va a traer a su hijo dos días 45 minutos, y el coste total de ese tiempo en el gabinete que le presupuesta la beca es de 1500 euros, sólo le van a dar 1500 euros.

¿Si mi hijo va al centro dos días, porque me dan solo una beca?

La cuantía de la beca, no tiene nada que ver con los días a la semana que el niño acude, sino con el trastorno o dificultad que el niño presenta y la necesidad de intervención que tiene. Ejemplo: Un niño con TDA/H, solo tiene derecho a una ayuda (reeducación psicopedagógica), independientemente de que acuda al centro un día, dos días o cinco días. Solo le van a pagar 913 euros.

En la mayoría de los casos, estas ayudas suponen eso, “ayudas”; no están diseñadas para cubrir la totalidad de las necesidades del alumno.

¿Los padres pueden cambiar de gabinete cuando deseen?

Sí, la beca está dirigido al niñ@ y son los padres quienes gestionan la beca. Por lo tanto si no les gusta el servicio del mismo siempre podrán optar a cambiarse de centro.

¿Si me voy de un gabinete a otro que documentación tengo que pedir? ¿Tienen ellos obligación de dármelo?

Tienes que pedir toda la documentación que has aportado o se le haya realizado en ese centro del niño, como también la justificación de la beca que en ese gabinete se haya gastado hasta su finalización, teniendo que abonarte el importe restante de la beca en el caso de haber depositado la totalidad de la beca en el centro al recibirla.

¿Cuándo se presentan las solicitudes?

El plazo de presentación de las solicitudes para la beca de necesidades educativas especiales se adelanta este año 2022. Se abrirá el 19 de mayo hasta el 30 de septiembre.

¿Cómo presentar las solicitudes para las becas NEE?

  • Las becas se cumplimentan de forma telemática a través de la web del Ministerio de Educación cultura y deporte o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y formación profesional, con esta opción puede completar la entrega de la solicitud en formato PDF hasta la fecha límite inclusive (PTE fecha).
  • Si no dispone de Internet ni firma electrónica es el centro educativo el que remite toda la documentación al órgano correspondiente siendo responsabilidad del paciente la entrega en el centro educativo de toda la documentación.

¿Quién puede presentar la solicitud?

Deben presentar la solicitud y la beca o bien el padre/madre o tutor del menor o, en su caso, el centro educativo correspondiente. En ningún caso este trámite será responsabilidad del psicólogo o especialista del Centro reeducar privado.

¿Cómo saber si han concedido la beca?

El estado de la tramitación de la ayuda de necesidades educativas especiales se puede consultar a través de la sede electrónica del ministerio, donde necesitan el número de localizador de beca que se les da al rellenar el formulario por vía telemática.  Una vez finalizado el plazo de presentación antes del 19 de octubre, las familias deberán haber recibido comunicación del resultado de la evaluación de la beca, bien por mail, teléfono o a través del Centro escolar en el que se encuentra el menor escolarizado.  En el plazo de dos meses desde que se haya recibido el informe de comunicación de la beca se realizará el reintegro total de la ayuda a la familia, lo que significa que desde septiembre a la recepción de la beca, el pago de la misma debe hacerlo el paciente pues no dispone aún de la beca. Desde la recepción hasta junio si disponen de ese dinero, por lo que cubre los gastos y disponen del dinero en efectivo a partir de entonces.

¿Cómo se justifica el gasto de la beca?

A finales del curso académico el paciente recibe una notificación de entrega de documentación que justifique el gasto que ha realizado, que no es más que las facturas del servicio debidamente cumplimentadas. Esas facturas deben estar desglosadas por meses y separadas en función del tipo de reeducación que el alumno ha recibido. El hecho de haber recibido el dinero y no haberlo gastado en el Centro Reeducador que firmó la solicitud, supone que los padres tendrán que devolver el dinero íntegro a la delegación de becas.

Resumen cronológico

  • Presentación de solicitud de beca (PTE fecha)
  • Resolución (PTE fecha)
  • Ingreso cuantía (aproximadamente dos meses después de la resolución)
  • Entrega de facturas ( PTE confirmar: al finalizar el curso escolar y generalmente hasta finales de julio)

Es prioritario que el paciente tenga presente que si no realiza el gasto de la cuantía total cedida será obligatorio su reembolso, que se efectuará en la cuenta bancaria correspondiente al ingreso de la beca (que irá a nombre del menor). Es bueno avisar a los pacientes de esta condición para que al final del curso académico no haya sorpresas ni problemas.

Recuerda que todos estamos juntos en esto, aprendiendo y dando lo mejor de sí; ve un día a la vez hasta que logres tus metas familiares y no dudes de contar con Gamue para cualquier duda que podamos resolverte.